AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA
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Habiéndose detectado error en el Decreto de Alcaldía número 2025-0572 de aprobación de Bases de selección de personal para el programa Talleres+ “Jardines y zonas verdes” .
De conformidad con lo dispuesto en el art. 109 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que dispone que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos,
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar el error detectado, en las bases de selección de alumnos/as trabajadores/as (manteniéndose el resto del texto del decreto nº 2025-0572 vigente) efectuando la siguiente corrección:
- Donde dice: TERCERA. Condiciones de admisión de los aspirantes.
d) Carecer de cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas (título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes), de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional de las plazas de Alumnado trabajador objeto del Programa Talleres+ 2024, a desarrollar en 2025.
e) Carecer de titulación, competencia o cualificación profesional relacionada con las plazas de Alumnado trabajador a desempeñar, igual o superior a la que se adquirirá en el desarrollo del programa
- Debe decir: TERCERA. Condiciones de admisión de los aspirantes.
d) Carecer de cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas (título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes), de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional de las plazas de Alumnado trabajador objeto del Programa Talleres+ 2024, a desarrollar en 2025.
e) Disponer de título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), o Competencias clave Nivel 1 o Certificado de profesionalidad Nivel II o equivalente
SEGUNDO.- .- Rectificar el error detectado, en las bases de selección de DOCENTE (manteniéndose el resto del texto del decreto nº 2025-0572 vigente) efectuando la siguiente corrección:
- Donde dice: TERCERA. Condiciones de admisión de los aspirantes.
f) Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones y contar con la experiencia profesional requerida (1 año con acreditación o 3 años sin acreditación)
-Debe decir: TERCERA. Condiciones de admisión de los aspirantes.
f) Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones y contar con la experiencia profesional requerida.
TERCERO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia.
CUARTO. Dar cuenta de la presente al Pleno de la Corporación en la Primera Sesión Ordinaria que celebre.
En Sigüenza a 19 de febrero de 2025, la Alcaldesa Mª Jesús Merino Poyo